Melisa Guevara Paredes, jefa de la Oficina de Propiedad Intelectual de la PUCP y miembro de la Comisión de Invenciones y Nuevas Tecnologías en Indecopi, nos explica cómo será el proceso de patente de los proyectos desarrollados por la PUCP contra la COVID-19 y de una posible vacuna que vienen desarrollando diferentes laboratorios.
La propiedad intelectual protege las creaciones intelectuales de características únicas con la finalidad de que se reconozcan los derechos personales y económicos de los creadores y titulares de derechos, según corresponda.
En efecto, según la creación intelectual desarrollada, el sistema establece ciertos requisitos particulares para su protección, lo cual permite reconocer el talento y esfuerzo de autores, inventores y diseñadores industriales, entre otros, que les permiten tomar decisiones sobre el destino de sus creaciones con la finalidad de otorgarles oportunidades de generación de beneficios económicos.
Gracias a la propiedad intelectual la sociedad, sin fronteras, se beneficia con el acceso a las creaciones intelectuales divulgadas, lo cual permite el florecimiento de las ciencias, la tecnología, las letras y las artes.
La propiedad intelectual abarca todas las formas de expresión de la creatividad humana que sean plasmadas en un soporte material; ya que las ideas no son protegibles per se; así, el acceso a las creaciones permite retroalimentar la creatividad, generándose el círculo virtuoso que fomenta el progreso humano en todos los campos.
A manera de ejemplo, las nuevas tecnologías, en procedimientos o productos, podrían ser protegibles mediante el sistema de patentes siempre y cuando sean novedosas y generen un aporte tecnológico a nivel internacional; además, el sistema también protege el derecho de los autores de las obras literarias, audiovisuales, musicales, fotográficas, arquitectónicas, de artes plásticas o escénicas, incluido el software, entre otras categorías entre las cuales destaca la protección a signos distintivos tales como las marcas, que nos permiten reconocer el origen empresarial de productos y servicios o institucional de las investigaciones universitarias, por ejemplo, todo lo cual contribuye al bienestar y progreso económico y social.
Las universidades son los centros de desarrollo de creaciones intelectuales por excelencia y, para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, el reconocimiento que brinda el sistema de propiedad intelectual al talento de los miembros de la comunidad universitaria y, además, a la titularidad institucional sobre los productos académicos y los resultados de las investigaciones han permitido fortalecer la presencia de la PUCP en los rankings internacionales de universidades.
Gracias al firme compromiso de las autoridades, en la PUCP se fomenta la creatividad y protección de las nuevas creaciones; se utilizan las excepciones que nuestra normativa permite para fines académicos y de investigación; y, además, se promueve el respeto a las creaciones intelectuales de terceros.
Cabe destacar que la PUCP es considerada por la OMPI, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, como un modelo de buenas prácticas del uso del sistema de propiedad intelectual a nivel latinoamericano.
Estamos orgullosos de la rápida reacción de los miembros de nuestra comunidad, que incluye también a los egresados, quienes se han puesto a disposición de la sociedad para aportar ampliamente desde sus capacidades.
La participación es intensa y corresponde a nuestra esencia como comunidad sensible y atenta a las necesidades de la sociedad; así, nuestros tecnólogos ya se encuentran fabricando ventiladores mecánicos o plantas de oxígeno; nuestros científicos analizan y colaboran en las redes internacionales de investigación del virus y su impacto en los pacientes afectados; nuestros matemáticos y estadísticos elaboran modelos de proyecciones para colaborar con el gobierno en la toma de decisiones; nuestros educadores capacitan maestros y los dotan de herramientas y contenidos para la educación virtual; nuestros psicólogos colaboran con el gobierno en el desarrollo de programas de atención a la salud mental; nuestros economistas participan en el diseño de estrategias para la reactivación económica; nuestros profesores de Derecho están atentos al respeto a los derechos de los más vulnerables, entre otros muchos aportes especializados de una comunidad solidaria, interdisciplinaria e intergeneracional, que seguirá colaborando en este enorme reto nacional.
Todas las actividades que se realizan, gracias al sistema de propiedad intelectual, son reconocidas a nivel personal e institucional, lo cual nos fortalece a nivel nacional e internacional.
El respirador mecánico MASI, “amigo cercano que brinda apoyo” en quechua, actualmente en fase de producción, constituye un hito en la historia de la Ingeniería Biomédica en nuestro país y es, además, una clara demostración de que el trabajo conjunto entre la academia y la empresa privada permite el desarrollo de tecnología de calidad, bajo costo y alto impacto para la sociedad.
En efecto, MASI es fruto del trabajo creativo conjunto de los expertos de la PUCP, DIACSA, Digital Automation & Control S.A., Zolid Design S.A.C. y Energy Automation Technologies S.A.C. quienes, con el apoyo BREIN Hub S.A.C., del grupo Breca, lograron cumplir el objetivo de crear un respirador mecánico de calidad que pueda ser fabricado con insumos existentes en países como el nuestro considerando, incluso, un contexto excepcional de cierre de fronteras a la importación de piezas y partes especializadas.
El sistema de propiedad intelectual permite a los creadores y titulares de derechos tomar decisiones sobre el destino de sus creaciones intelectuales; así, las instituciones cocreadoras del MASI han decidido poner a disposición de la comunidad internacional toda la información relativa al mismo para que pueda salvar vidas también en otros países.
A la fecha, MASI está siendo materia de análisis por los examinadores de patentes de la Oficina de Propiedad Intelectual del Vicerrectorado de Investigación de la PUCP, para ver si reúne los requisitos de protección por el sistema de patentes. Dicha protección es compatible con la decisión de otorgar licencias gratuitas a nivel internacional para el uso de la tecnología que incluye, además, poner a disposición toda aquella información que permite garantizar la transferencia tecnológica que garantice su replicabilidad exitosa.
En la actualidad, somos testigos de los esfuerzos e inversiones de numerosas instituciones por lograr el desarrollo de una vacuna que provea la inmunidad suficiente frente al Covid-19. Al respecto, cada institución desarrollará un procedimiento ad-hoc para su respectiva propuesta de vacuna, que será materia de cuidadoso seguimiento posterior con la finalidad de identificar cuál o cuáles de las vacunas generan la mayor protección.
El sistema de propiedad intelectual faculta a los creadores y titulares de derechos, sin distinción alguna, a solicitar la protección de los resultados de sus investigaciones mediante sus diferentes modalidades de protección; así, respecto de los procedimientos y productos vinculados a dichas vacunas, podría corresponder su protección por el sistema de patentes, para lo cual se deberán cumplir los requisitos de forma y fondo preestablecidos para su protección.
Luego de la evaluación correspondiente ante la institución nacional competente, que puede demorar varios años, en caso se otorgue la patente, el titular será el único que podrá tomar decisiones en relación al ejercicio de su derecho de propiedad, entre las cuales se encuentran el decidir quién o quienes podrán fabricar o comercializar la tecnología y bajo qué condiciones que, incluso, pueden resultar en licencias gratuitas.
Cabe destacar que los atributos anteriores no serán aplicables en aquellos países en donde no se haya concedido la protección de la patente, en los cuales la tecnología será considerada de “dominio público” y, por ende, podrá ser replicada y comercializada sin infringir derecho alguno.
Es correcto, los titulares de las tecnologías vinculadas a las vacunas que se están desarrollando podrán o no solicitar la protección del sistema de patentes, lo cual no es impedimento para que, mientras se realiza el trámite de protección en cada país elegido, los titulares decidan licenciar gratuitamente o a muy bajo costo, el paquete tecnológico que incluye toda la información que permita no solo la fabricación idónea de la vacuna sino, además, la gestión ante las instituciones nacionales que autorizarán su comercialización.
Es por ello que ya observamos diversos comportamientos de quienes vienen trabajando arduamente en el desarrollo de las mismas; así, hay laboratorios que han anunciado que se encargarán directamente de la fabricación para ofrecer las vacunas a precio de costo, mientras que otros han anunciado la fabricación y un precio estimado de venta que incluye ganancias. Al respecto, es previsible que quienes hayan recibido subvención estatal para las investigaciones consideren un retorno a la sociedad a través del acceso a la tecnología o al producto a precios accesibles, como lo estarían considerando las instituciones chinas: precio de costo y licencias a laboratorios nacionales.
Cabe destacar que los titulares de las vacunas tomarán decisiones que involucrarán también su responsabilidad frente a la idoneidad e inocuidad de sus propuestas, todo lo cual es aún desconocido y es fuente generadora de responsabilidades.